Carta de compromiso
Como psicóloga clínica, mi mayor responsabilidad es hacia las personas que confían en mí su bienestar emocional. Este Código de Ética no es un documento de cumplimiento formal: es el reflejo de los valores que considero irrenunciables en la práctica clínica.
Cada principio aquí descrito se aplica en cada sesión, independientemente del contexto, el consultante o la modalidad de atención. Si en algún momento consideras que alguno de estos principios no se ha respetado, tienes el derecho —y te invito— a comunicármelo directamente.
— Dra. Sofía Ramírez, Psicóloga Clínica
Principios éticos fundamentales
Beneficencia y no maleficencia
Primero, no dañar
El bienestar del consultante es siempre la prioridad central de la intervención terapéutica.
Se evitará cualquier acción que pueda causar daño físico, psicológico, financiero o social al consultante.
Las técnicas empleadas están basadas en evidencia científica y se aplican con el único fin de favorecer el bienestar del consultante.
Cuando los límites de la competencia profesional sean alcanzados, se realizará una derivación adecuada y oportuna.
Autonomía y respeto
Tu proceso, tu decisión
Se respeta el derecho del consultante a tomar sus propias decisiones, incluyendo la de continuar o interrumpir el proceso terapéutico en cualquier momento.
El consentimiento informado es requisito indispensable antes de iniciar cualquier proceso de evaluación o intervención.
Se informa al consultante, con lenguaje accesible, sobre los objetivos, procedimientos, beneficios y posibles riesgos del proceso terapéutico.
Se reconoce y respeta la diversidad cultural, religiosa, de género, orientación sexual y cualquier otra característica identitaria del consultante.
Confidencialidad
Lo que se habla aquí, aquí se queda
Toda la información compartida en el contexto terapéutico es estrictamente confidencial y no se divulgará a terceros sin consentimiento explícito y por escrito del consultante.
Los registros clínicos se almacenan de forma segura y solo son accesibles para el profesional tratante.
La confidencialidad tiene excepciones legales y éticas: riesgo inminente de daño grave para el consultante o para terceros, situaciones de abuso o maltrato activo, o requerimiento judicial debidamente fundado. En estos casos se notifica al consultante antes de actuar, siempre que sea posible.
Los datos personales se tratan conforme a lo establecido en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP).
Justicia e igualdad
Terapia accesible y sin discriminación
La atención psicológica se brinda sin discriminación por motivos de origen étnico, género, edad, condición socioeconómica, orientación sexual, religión, discapacidad o cualquier otra condición.
Se facilita el acceso a los servicios de salud mental mediante tarifas flexibles y modalidades de atención diversas (presencial, online, intensivos).
Se reconoce el impacto de los determinantes sociales en la salud mental y se integra esta perspectiva en el abordaje clínico.
Responsabilidad profesional
Competencia y actualización continua
La práctica clínica se limita a las áreas de competencia acreditada mediante formación, supervisión y experiencia documentada.
Se mantiene actualización continua mediante formación, supervisión clínica y lectura de literatura científica relevante.
Se reconocen y gestionan activamente el desgaste profesional, los sesgos personales y las contratransferencias que puedan afectar la calidad de la atención.
Se supervisan periódicamente los casos clínicos con pares o supervisores para garantizar la calidad del servicio.
Límites y relaciones duales
Claridad en el vínculo terapéutico
Se evitan estrictamente las relaciones duales o múltiples con consultantes (románticas, sexuales, comerciales, de amistad fuera del contexto terapéutico) que puedan comprometer la objetividad o el bienestar del consultante.
Los honorarios son transparentes, razonables y acordados antes de iniciar el proceso.
No se acepta recibir regalos, favores ni intercambios de servicios que puedan generar dependencia o conflictos de interés.
Al finalizar el proceso terapéutico, se acompaña adecuadamente el cierre para evitar dependencias no terapéuticas.
Integridad y honestidad
Transparencia en cada paso
Se comunica con honestidad respecto a las posibilidades y limitaciones del proceso terapéutico, sin crear expectativas no realistas.
Las credenciales, formación y especialidades se presentan de forma veraz y verificable.
Se informa con claridad sobre el enfoque teórico empleado para que el consultante pueda tomar decisiones informadas.
Ante errores o limitaciones profesionales se actúa con transparencia y se toman las medidas correctivas necesarias.
Uso ético de la tecnología
Terapia online con los mismos estándares
Las sesiones online se realizan en plataformas con cifrado de extremo a extremo que garanticen la confidencialidad.
Se verifica la identidad del consultante y se asegura que el entorno sea privado antes de iniciar la sesión.
Los registros, grabaciones o comunicaciones digitales están sujetos a los mismos principios de confidencialidad que las sesiones presenciales.
No se utilizan herramientas de inteligencia artificial u otras tecnologías de terceros que procesen datos clínicos sin consentimiento explícito.
¿Cómo reportar una falta ética?
Si consideras que alguno de estos principios ha sido vulnerado, tienes derecho a presentar una queja. El proceso es el siguiente:
- 1
Comunícate directamente conmigo a través del formulario de contacto o por correo electrónico para buscar una resolución directa.
- 2
Si la situación no se resuelve satisfactoriamente, puedes presentar una queja formal ante el Consejo Nacional para la Enseñanza e Investigación en Psicología (CNEIP).
- 3
También puedes acudir a la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) si consideras que se han vulnerado tus derechos fundamentales.
Marco normativo de referencia
Sociedad Mexicana de Psicología. (2010). Código Ético del Psicólogo (5.ª ed.). Trillas.
American Psychological Association. (2017). Ethical Principles of Psychologists and Code of Conduct.
Consejo Nacional para la Enseñanza e Investigación en Psicología (CNEIP).
Ley General de Salud de México — Título Tercero, Capítulo I.
Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (2010).
Un compromiso que se renueva cada sesión
La ética no es un destino sino una práctica continua. Me comprometo a reflexionar, aprender y mejorar constantemente para estar a la altura de la confianza que depositas en este proceso.
Volver al inicioVersión 2.0 — Última actualización: Abril 2026
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